Os informamos sobre la sentencia que desestima el recurso interpuesto por la Generalitat Valenciana sobre Colegiación de Oficio.
Dice: El Tribunal Supremo ha dictado sentencia nº 1216/2018, de 16 de julio de 2018 en la que se determina si, conforme al art. 3.2 de la Ley 2/74, de Colegios Profesionales, cabe proceder a la colegiación de oficio de quienes, sin estar colegiados, ejercen profesiones colegiadas.
El Tribunal Supremo entiende que pertenece al ámbito de la voluntad del interesado la decisión sobre el ejercicio de una profesión de colegiación obligatoria e incluso de continuar en el ejercicio de la misma, pero queda fuera de su facultad de decisión el ejercicio de la profesión sin la correspondiente colegiación, pues esta es una obligación impuesta legalmente cuyo cumplimiento queda bajo la tutela del correspondiente colegio profesional, que puede y debe exigir su cumplimiento en virtud de las funciones que al efecto le atribuye el ordenamiento jurídico.
Seguiremos esta sentencia y junto a nuestros servicios Jurídicos la estudiaremos en nuestra próxima Junta de Gobierno.